Resolución 843/2026

Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud)

Boletín Informativo N°934/2026

Prorrógase por el término de TREINTA (30) días el plazo previsto en el artículo 4° de la Resolución
de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Nº 1725 del 18 de septiembre de 2025, prorrogado por las
Resoluciones Nº 1941 del 27 de octubre de 2025 y Nº 445 del 10 de marzo de 2026, contados a partir del
vencimiento de esta última, para que las Entidades de Medicina Prepaga y los Agentes del Seguro de Salud
adecuen los contratos, facturas y estados de cuenta conforme las previsiones y modelos establecidos en los
Anexos I y II de la primera norma citada.